Pesca incidental de tiburones y rayas

Por: Zahir Dominguez

El pasado 29 de enero se emitió por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural la Resolución 0119 de 2024, la cual determina que, como medida de contingencia ante el derecho a la alimentación de más de 66 mil familias costeras, se aprobaría tomar como recurso opcional dentro de la pesca algunas especies de Tiburones y Rayas.

“Que mediante Acta 01 del 23 de enero de 2024, en reunión extraordinaria del Comité Ejecutivo para la Pesca – CEP, se desarrolló el punto. PROPUESTA PARA ESTABLECER ALGUNAS ESPECIES DE TIBURONES Y RAYAS MARINAS COMO RECURSO PESQUERO Y UNIFICAR UN SOLO INSTRUMENTO DE POLÍTICA PARA SU GESTIÓN EN COLOMBIA”, fragmentos tomados de la misma resolución denotan que la intención ya habría sido estudiada en otras ocasiones.

La pescadería incidental se refiere a cuando algunos peces o especies protegidas se enredan  en las redes por accidente, en muchos de estos casos, se deben devolver a su entorno, pero hay algunas excepciones a ello. Esta medida se toma como recurso de emergencia, el Gobierno junto al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural determinan qué animales están permitidos y cuáles no, así mismo cuáles pueden ser usados como recursos aprovechables.

Dentro de las resoluciones se aclara y especifican 4 artículos. El primero menciona las especies que se incluirán como recursos aprovechables, el segundo prohíbe la pesca dirigida, enfatizando que sea solo pesca incidental dentro de la pesca artesanal, el tercero menciona que aquellas especies no mencionadas seguirán bajo protección, como cuarto y último menciona la vigencia, “La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.”.

Éstas determinaciones se prestaron para acusaciones ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el cual no tardó en manifestarse ante ello, explicando más a detalle la resolución, apoyando con determinación a sus decisiones,  en la preservación al derecho a la alimentación;  ”garantizando el derecho humano a la alimentación de 66 mil familias costeras”, además siendo muy enfático así mismo en diversos artículos de medios gubernamentales o estatales que esta resolución solo se aplicaría a la pesca artesanal  no a la industrializada.

Varias personas se han pronunciado ante esta determinación del Ministerio, debido a que algunos de los animales incorporados a la lista son especies que a nivel mundial están en vías de extinción; como el tiburón martillo pequeño, comúnmente conocido como “cachuda”, su nombre científico es Sphyrna Corona; ya está extinto en muchas partes del mundo y casualmente en Colombia aún hay. “Con tan pocos recursos que tenemos de vigilancia, como nos van a garantizar que esto no se convierta en un miquito, que le abra la puerta para que embarcaciones y empresas de pesca semiindustrial e industrial, terminen con sus redes llenas de estas especies” aseguró el periodista Guillermo Prieto la Rotta, “Pirry” a través de su cuenta en Instagram

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