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Regresan los días sin IVA con nuevas condiciones para el 2023

En la última jornada celebrada el pasado 17 de junio, las ventas fueron de 10,6 billones de pesos y se efectuaron siete millones de transacciones a través de factura electrónica. / Foto por: Jorge Londoño, El Espectador 

Como se dio a conocer en las últimas fechas a través de la propuesta inicial de la reforma tributaria, los días sin IVA aprobados por el expresidente Iván Duque serían cancelados en Colombia. Pero el ministro de hacienda, del actual gobierno, José Antonio Ocampo, avaló la introducción de estos solo para productos nacionales.  

“Le di mi aval a dos días sin IVA para una lista específica de productos nacionales, creo que es una buena alternativa», afirmó el ministro. 

¿Cómo será la metodología de los días sin IVA en este periodo?  

Inicialmente se han aprobado 2 días para el 2023 y solo se aplicará en productos con referencias nacionales. Estos no pueden superar las 80 unidades de valor tributario (UVT) lo que se traduce en un costo de 3 millones 40 mil pesos.  

Estos se realizarán en el mes de febrero y agosto, con el objetivo de impulsar el consumo de productos realizados por industrias colombianas, incluyendo, mercancías que su producción sea de un 50% en el territorio nacional.  

El ministro de hacienda explicó que su oposición se habría dado porque ni los hogares más vulnerables, ni los productores colombianos se vieron beneficiados. El mismo, afirmó que la DIAN, calcula que el ingreso con esta nueva jornada será de 100 mil millones de pesos.  

Algunos productos que acceden a este beneficio:  

  • Accesorios: maletines, gafas, pañoletas y bisutería con un precio de venta por unidad igual o inferior a 20 (UVT). 
  • Electrodomésticos: televisores, parlantes de uso doméstico, tabletas, refrigeradores, congeladores, lavaplatos eléctricos, máquinas de lavar y secar, aspiradoras y estufas con un precio de venta por unidad igual o inferior a 80 (UVT). 
  • Artículos deportivos: pelotas de caucho, gomas, balones, raquetas, bates, mazos y gafas de natación, entre otros. Esta categoría incluye bicicletas y bicicletas eléctricas por un precio de venta por unidad igual o inferior a 80 (UVT). 
  • Bienes e insumos para el sector agropecuario: semillas, frutos para la siembra, abonos de origen animal, insecticidas, herbicidas, guadañadoras y cosechadoras, entre otras. cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 80 (UVT). 

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