Justicia y Paz mantendrá el caso de Salvatore Mancuso

La Sala Plena de la Corte Constitucional resolvió el conflicto de jurisdicciones entre la Justicia y Paz y la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) respecto a los crímenes cometidos por Salvatore Mancuso Gómez, uno de los principales exlíderes paramilitares del país.

El conflicto surgió en torno a cuál de las dos jurisdicciones debía asumir la competencia para investigar, juzgar y sancionar a Mancuso por las violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario durante el conflicto armado. Tras un riguroso análisis, la Corte Constitucional determinó que será la jurisdicción de Justicia y Paz la encargada de continuar con estos procesos.

La decisión de la Corte se fundamenta en la revisión de tres elementos clave: el subjetivo, que considera la controversia entre dos autoridades judiciales de distintas jurisdicciones; el objetivo, que valida la existencia de un proceso judicial en curso; y el normativo, que evalúa las razones de competencia alegadas por las partes involucradas.

La Sala Plena concluyó que, debido a la naturaleza de los hechos y al estatus de Mancuso como exintegrante desmovilizado de grupos paramilitares, la competencia recae en la jurisdicción de Justicia y Paz. Este enfoque se basa en lo dispuesto por la Ley 975 de 2005, también conocida como la Ley de Justicia y Paz, que regula la investigación y juzgamiento de personas desmovilizadas de grupos armados ilegales.

La decisión de la Corte, sin embargo, no fue unánime. El magistrado Vladimir Fernández A. salvó su voto, mientras que la magistrada Diana Fajardo Rivera y el magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo realizaron aclaraciones a su voto, lo que refleja la complejidad del caso y las distintas interpretaciones jurídicas sobre la justicia transicional en Colombia.

Con esta resolución, la jurisdicción de Justicia y Paz se mantiene como el escenario judicial donde se seguirán adelantando los procesos contra Mancuso, quien fue uno de los máximos responsables de las atrocidades cometidas durante el conflicto armado en el país. La JEP, por su parte, quedará al margen de este caso específico, reafirmando así la competencia de Justicia y Paz en el marco de los acuerdos de desmovilización.

Por su parte la Procuraduría General de la Nación se opuso a la suspensión de las medidas de aseguramiento de detención preventiva decretadas en contra de Mancuso al ser designado como gestor de paz por parte del Gobierno Nacional. 

En ese caso, el órgano de control señaló que no se había especificado el proyecto que desarrollaría como gestor de paz, ni cuales los espacios temporales y territoriales de su actividad y mucho menos, se aclaró si era necesaria su movilización por diferentes puntos del territorio nacional, más cuando en años anteriores otras personas han cumplido funciones similares desde la cárcel. 

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