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Tumban el Ministerio de Igualdad

La Corte Constitucional determinó que se incumplieron leyes en la creación de dicha cartera. Los magistrados indicaron que no se midió el impacto fiscal que conllevaría la constitución del ministerio.

La creación del ministerio, liderado por la vicepresidenta Francia Márquez, fue declarado inexequible por la Corte Constitucional. Foto: Ministerio de Igualdad y Equidad

Redactado por: Nixon A. Carranza P.

Luego de analizar los procedimientos bajo los cuales se creó el Ministerio de Igualdad, dirigido por la vicepresidenta Francia Márquez, la Corte Constitucional declaró inexequible la Ley 2281 de 2023 «por medio de la cual se crea el Ministerio de Igualdad y Equidad», de acuerdo con la corte «no se llevó a cabo el análisis de impacto fiscal, conforme a las exigencias previstas en el artículo 7 de la Ley 819 de 2003».

La Sala Plena indicó que se violó el artículo 51 de la Constitución Política de Colombia según el cual el cumplimiento de los requisitos para la aprobación de las leyes ordinarias previstos en las leyes orgánicas, tales como la Ley 819 de 2003, constituyen un parámetro de constitucionalidad y validez..
La Corte indicó que el ministerio no desaparecerá de manera inmediata sino que difirió los efectos de la decisión, por el término de dos legislaturas, contadas a partir del 20 de julio 2024. «Una vez culmine la legislatura 2025-2026, la Ley 2281 de 2023 dejará de producir efectos definitivamente y no formará parte del ordenamiento jurídico». Esto quiere decir que la cartera funcionará hasta el 20 de junio de 2026 y allí se deberá tramitar una nueva ley que corrija las irregularidades encontradas.

Los demandantes a dicha ley fueron Paloma Valencia, María Fernanda Cabal, Paola Holguín y José Jaime Uscátegui.

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