
Redactado por: Wilson Elías Cardona – CAM
En un comunicado realizado por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), se rechazó la solicitud de libertad transitoria, condicionada y anticipada (LTCA) del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, realizada el pasado 21 de marzo, tal decisión se debe a que aún no se ha establecido si cumple con los requerimientos necesarios para acceder a este beneficio.
Esto implica que Mancuso aún seguirá preso, en la cárcel La Picota, y desde allí deberá responder a los llamados de la JEP, mientras se verifica si el compareciente se encuentra afectado con alguna restricción a su libertad.
La Jurisdicción Especial para la Paz indicó en su comunicado: “pues no es posible el otorgamiento de beneficios incondicionales o automáticos en tanto de que se trata de garantizar los derechos de las víctimas. Es decir, como beneficio que es, la JEP analiza unos requisitos y lo puede otorgar o no; y en el presente asunto, además de los previstos legalmente, se tienen establecidos en el Auto 1633 de 2024”.
El exjefe paramilitar habría sido nombrado gestor de paz el pasado 2 de marzo de 2024, por parte del Gobierno Nacional, a través de la Procuraduría General de la Nación y esa disposición no debería afectar bajo ningún punto de vista los compromisos asumidos con las víctimas en la jurisdicción de Justicia y Paz.