
Por: Alejandro Pardo
La Corte Constitucional determinó la suspensión provisional de la investigación que adelanta el Consejo Nacional Electoral (CNE) en contra del presidente Gustavo Petro.
La suspensión es provisional esto mientras la corte resuelve la tutela interpuesta por el presidente contra la decisión del consejo de estado que permitió que el CNE realizara la investigación.
El mandatario interpuso una tutela en la que alegó que la investigación le debería de haber llevado la Comisión de Acusaciones de la Cámara, dado que él tiene un fuero constitucional. Además de sostener que debido a esto se le vulneran sus derechos al debido proceso.
¿Qué es lo que suspenden?
Lo que se ve afectado es el proceso en el que, con el apoyo y respaldo de los magistrados Álvaro Hernán Prada y Benjamín Ortiz, se formularon cargos contra el presidente Petro por su campaña presidencial. Este proceso ya se encuentra en etapa de juicio y cuenta con la mayoría del CNE que se inclina por sancionarlo. Por otra parte, la suspensión frena el conteo del tiempo para que el proceso prescriba en junio de este año.
Cabe recordar que, el decreto solo interrumpe la investigación que adelanta el CNE contra el gobernante de los colombianos Gustavo Petro en calidad de candidato presidencial, pero no está relacionada con los otros líderes de la campaña involucrados en el proceso, por lo que personajes como Ricardo Roa seguirán siendo investigados.
“Por virtud de esta decisión, también se suspenderán los términos de prescripción del proceso administrativo en curso contra el presidente de la República, Gustavo Francisco Petro Urrego, que se adelanta ante el Consejo Nacional Electoral, los cuales se reanudarán una vez se notifique la decisión definitiva que se adopte en este proceso de tutela” según la Corte Constitucional.
Fallo de fondo
El alto tribunal deberá emitir un fallo de fondo, en un caso en donde el estado dio concepto favorable a las facultades del CNE, esto quiere decir que la decisión final de un juez o tribunal en un proceso judicial resolvió la controversia principal o el asunto sustancial en disputa, Este fallo aborda el fondo del problema y no solo aspectos procedimentales o de trámite.
La suspensión provisional del proceso ocurre «únicamente en lo referente al presidente de la república Gustavo Francisco Petro Urrego y, en consecuencia, de las actuaciones administrativas que se encuentran en curso ante el Consejo Nacional Electoral contra el precitado funcionario en los términos providenciales» esto según la Corte Constitucional.
Las cinco claves del CNE
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