El Ministerio del Interior publicó un proyecto de decreto que modifica el Decreto 003 de 2021 y propone nuevas reglas para la gestión de las manifestaciones panifeúblicas, los bloqueos de vías y la actuación de la fuerza pública ante hechos violentos. El documento estará disponible para comentarios ciudadanos hasta el 4 de octubre de 2026.
Redactado por Alexandra Barrios
¿Qué propone el nuevo borrador sobre la protesta social?
La propuesta busca actualizar las disposiciones que regulan la protesta social en Colombia y establecer criterios para la actuación de las autoridades durante las movilizaciones. El proyecto mantiene la presunción de que las manifestaciones tienen carácter pacífico y reafirma el principio de no estigmatización de quienes participan en ellas. De acuerdo con el Ministerio del Interior, el Decreto 003 de 2021 requiere ajustes frente a situaciones relacionadas con bloqueos, continuidad de servicios públicos esenciales y conductas que puedan constituir delitos durante las jornadas de protesta.
El borrador plantea que las medidas estatales deben buscar un equilibrio entre el derecho constitucional a la manifestación pública y otros derechos como la vida, la salud, la movilidad, la educación y el trabajo. La iniciativa se encuentra actualmente en etapa de participación ciudadana. Las personas y organizaciones interesadas podrán presentar observaciones al texto hasta el 4 de octubre de 2026, antes de que avance su trámite dentro del Gobierno nacional.
Intervención policial mientras continúa el diálogo
Uno de los principales cambios planteados está relacionado con la coordinación entre los mecanismos de diálogo y la intervención de la Policía Nacional. El proyecto establece que el diálogo y la mediación continuarán siendo mecanismos prioritarios para el manejo de las movilizaciones. Sin embargo, plantea que estas herramientas no deben convertirse en un requisito previo para que la fuerza pública actúe frente a personas que estén cometiendo conductas violentas.

De esta manera, los equipos de diálogo y los gestores de convivencia podrían continuar acompañando una manifestación mientras, de manera simultánea, unidades policiales intervienen frente a individuos que realicen actos que puedan constituir delitos.
Foto: Telemundo
El borrador contempla intervención ante situaciones como el porte o uso de armas de fuego, armas cortopunzantes, explosivos o artefactos incendiarios. También incluye la retención ilegal de personas, agresiones contra civiles, servidores públicos, policías, personal médico o periodistas, así como daños a infraestructura pública o privada. Otra disposición establece una distancia mínima de cuatro metros entre el dispositivo policial de acompañamiento y los participantes de las manifestaciones.
Bloqueos de vías y corredores solidarios
El proyecto también desarrolla reglas específicas para los bloqueos de vías. La propuesta define como obstrucción la ocupación total o parcial de calzadas, accesos o infraestructura destinada al transporte. Para su gestión, el documento contempla diferentes categorías de bloqueo: temporales, intermitentes, prolongados y aquellos que involucren infraestructura considerada crítica.
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Además, introduce el concepto de “afectación grave a terceros”. Esta categoría se aplicaría cuando una interrupción pueda impedir o poner en riesgo el acceso de la población a alimentos, agua potable, medicamentos, combustible o servicios de atención sanitaria.
¿Qué son los corredores solidarios?
Una de las medidas planteadas es la creación de “corredores solidarios” durante las jornadas de movilización. Estos espacios deberán permitir el tránsito de ambulancias, vehículos de emergencia, bomberos y organismos de socorro. También estarán destinados a facilitar el desplazamiento de personas en condiciones de vulnerabilidad, entre ellas adultos mayores, mujeres gestantes, niños y personas con discapacidad.
La propuesta contempla, además, el tránsito de insumos hospitalarios y alimentos perecederos, con el objetivo de mantener determinados servicios y suministros durante las movilizaciones.
Aumento de los eventos de protesta en Colombia
El Ministerio del Interior señala como uno de los antecedentes para la elaboración del proyecto los registros del Observatorio de Conflictividad Social de la Defensoría del Pueblo. Según las cifras citadas en el borrador, Colombia registró 1.427 eventos de protesta e inconformidad social en 2022. La cifra aumentó a 2.046 en 2023, llegó a 3.832 en 2024 y alcanzó 4.039 eventos durante 2025.
Los registros corresponden a hechos ocurridos en 536 municipios de los 32 departamentos y Bogotá D.C. Dentro de las diferentes modalidades de protesta, los bloqueos de vías representaron el 41% de los casos. Por regiones, la Caribe concentró el 31% de los eventos, mientras que la Andina registró el 30%. Le siguieron la región Pacífica, con 14%; Orinoquía, con 9%, y Amazonía, con 3%. El documento también señala un aumento superior al 120% en las movilizaciones relacionadas con la prestación de servicios de salud.
Alertas tempranas y participación territorial
El borrador plantea mantener la operación de los Puestos de Mando Unificado y establecer un sistema de alertas tempranas para anticipar posibles escenarios de conflictividad social. Cuando se active una alerta, las autoridades deberán convocar mesas de concertación territorial dentro de los cinco días hábiles siguientes. En estas reuniones se contempla la participación de diferentes sectores, incluidos representantes de gremios económicos y Juntas de Acción Comunal.

Foto: Alcaldía de Bogotá
La medida busca incorporar mecanismos de diálogo y seguimiento territorial antes de que determinadas situaciones puedan escalar y afectar la prestación de servicios o la movilidad.
El marco constitucional de la protesta en Colombia
El proyecto se fundamenta también en el marco constitucional que protege la reunión y la manifestación pública. El artículo 37 de la Constitución Política de Colombia reconoce el derecho de reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. La jurisprudencia constitucional ha relacionado este derecho con las libertades de expresión y asociación. Al mismo tiempo, las decisiones judiciales han establecido que su ejercicio debe armonizarse con otros derechos y con la protección de la seguridad y la tranquilidad pública.
En este contexto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia también ha abordado los límites de la protesta frente a conductas delictivas. En una sentencia relacionada con los bloqueos registrados durante las movilizaciones de 2021 en Cali, la corporación señaló que la protesta puede tener un carácter disruptivo como mecanismo para llamar la atención del Estado, pero que determinadas conductas violentas pueden trasladarse al ámbito penal.
El nuevo borrador del Ministerio del Interior entra ahora en una etapa de participación ciudadana. Las observaciones recibidas hasta el 4 de octubre serán parte del proceso previo a la eventual expedición de la nueva reglamentación sobre protesta social, intervención policial y manejo de bloqueos en Colombia.
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